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Cuando parlamentarios de la oposición decidieron llevar el caso de los indultos al Tribunal Constitucional (TC), el tema se judicializó y adquirió un lenguaje de especialistas difícil de comprender para el ciudadano de a pie. Esto favoreció, en cierto modo, al Gobierno y al ministro de Justicia, Luis Cordero, porque sacó la polémica del ámbito político y encapsuló el asunto entre abogados constitucionalistas y el mundo académico. Fueron pocos los espacios donde se explicó en detalle lo que estaba discutiendo el TC y las consecuencias de haber acudido –por primera vez desde el retorno de la democracia respecto a dicho tema– al Tribunal Constitucional. En esta entrevista, el exministro de la Corte Suprema Pedro Pierry explica las repercusiones que tendrá lo ocurrido en futuros casos de indultos y, además, si puede seguir insistiéndose en el ámbito judicial con este caso.

Pierry tiene una larga carrera en el Poder Judicial, donde se desempeñó como ministro de Corte Suprema entre los años 2006 y 2016, para luego ser abogado integrante de la misma desde el año 2018 a 2021. Durante su período como ministro, presidió la Tercera Sala del máximo tribunal entre 2014 y 2016 y fue ministro del Tribunal Calificador de Elecciones desde 2010 a 2014, entre otras varias posiciones. Actualmente, es profesor de Derecho Administrativo en la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso, asesor del Comité Contencioso Administrativo del Consejo de Defensa del Estado, asesor del Comité Judicial de la Contraloría General de la República y consultor de la oficina de abogados Quintana Ried Flores.

-¿Qué opina sobre la reciente resolución del Tribunal Constitucional (TC)?
-Este es un tema esencialmente político, no es un tema jurídico. Aquí se ha tratado de darle a este debate un carácter jurídico, tensionando a las instituciones, porque buscan obtener una solución jurídica frente a un problema que no es jurídico.

-¿Por qué no es jurídico?
-No es jurídico porque la atribución presidencial de los indultos es una atribución esencialmente discrecional. De hecho, si “Jack el Destripador” fuese chileno, y hubiese sido encontrado y condenado, el Presidente podría indultarlo si lo estima conveniente. Ahora, eso por supuesto que tiene consecuencias políticas, pero no es un tema jurídico. Ahora bien, reconozco que puede haber eventualmente algún tipo de argumento jurídico, pero es un argumento que no tiene medios idóneos, podría ser un juicio ordinario, que tardaría años, mucho más de lo que dure este Gobierno.

-¿Y qué le parece que se llevara el caso al Tribunal Constitucional (TC)?
-La misión del Tribunal Constitucional (TC) es revisar la constitucionalidad y este no es un problema de constitucionalidad, es un problema de legalidad. De hecho, en mi opinión, el TC debió apostar por su inadmisibilidad. Finalmente creo que lo declaró admisible porque la opinión pública no habría podido entender dicha decisión, pero creo que era improcedente recurrir al TC, y lo único que se logra enviándolo al TC es tensionar a la institución.

-¿Por qué es un problema de legalidad?
-El tema de la legalidad, en el caso de un acto discrecional como este, está sujeto a cuáles son los motivos del Presidente. Es el acto administrativo el que debe ser analizado. Y dicho acto administrativo tiene sus fundamentos que justifican su legalidad. Por lo tanto, y entendiendo que desde el punto de vista jurídico es muy difícil de cuestionar ese tipo de actos administrativos, si existe cuestionamiento habría que abordarlo en un juicio ordinario que dura años. Desde el punto de vista político, esto puede tener otras consecuencias que pueden discutirse.

– ¿Cuál puede ser esa discusión política?
-La discusión política excede mi análisis. Creo que, desde el punto de vista jurídico, no hay vías idóneas para cuestionar esta resolución presidencial que está basada en la discrecionalidad. El TC nunca debió haber sido utilizado en el caso de los indultos.

-¿Cuál es el efecto en el TC de este caso?
-Cuando a una institución, llámese TC o Corte Suprema, que tiene que fallar en derecho, se le plantea un asunto que es esencialmente político, cualquiera que sea su resultado, será irremediablemente cuestionado desde el punto de vista político. Entonces, la institución es la resentida, pero se resiente porque se le plantea una cuestión que es de carácter político. El tema de los indultos está terminado desde la perspectiva jurídica.

-¿Y qué opina del comportamiento del ministro del TC, José Ignacio Vásquez, que no estuvo de acuerdo con adelantar del jueves al martes la votación?
-Eso es irrelevante.

-¿Cómo podría revertirse la decisión del Presidente Boric?
-Acá no está en duda la constitucionalidad del decreto. Se podrá discutir acerca de su legalidad, y en ese punto digo que no hay vías idóneas, y que un juicio ordinario duraría muchos años. En un juicio ordinario, para pedir la nulidad de un acto, puede demorar siete u ocho años. La otra vía para pedir la nulidad del acto podría ser un recurso de protección, pero se requiere de la garantía de alguien que haya sido vulnerado, por lo que tampoco procedería en este caso. Tampoco es viable pedirle al Presidente que invalide el decreto, ya que la invalidación no es un recurso sino que una facultad.

-Desde el retorno a la democracia han existido innumerables indultos, ¿por qué solo en este caso se ha recurrido al TC?
-Me parece que este asunto, al tener un impacto político, ha provocado que se instalen todos estos recursos en el TC. Todas las declaraciones que hemos visto son a causa del impacto político. La verdad es que a mí no me parece bien que se utilicen instituciones de carácter jurídico, para tensionarlas y obligarlas a pronunciamientos políticos que lo único que provocan finalmente es el desprestigio de la propia institución. ¿Quién queda mal con esto? El TC, y se tensiona una institución que debería ser respetada.

-¿Y qué opina de que existan indultos presidenciales?
-Se trata de una facultad presidencial que está en la Constitución. Ahora que se está haciendo una nueva Constitución, a lo mejor debiese regularse que quizás el Presidente pueda indultar previo informe favorable de una comisión, entre otras opciones. La facultad de indultar per se, es una facultad que está en gran parte de las legislaciones del mundo. A modo de ejemplo, Donald Trump antes de dejar la Casa Blanca indultó a varios amigos suyos que estaban presos.

Ahora que van a cambiar la Constitución podría abrirse una discusión que es netamente legislativa y constitucional. Recién se les ocurre que es posible que haya que legislar respecto al indulto.

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